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Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos |
Unidad u Organismo Interno |
Facultades Funciones o Atribuciones |
Fuente Legal |
Enlace |
Presidente |
Al Presidente le corresponderá la iniciativa más directa en las actividades de la Corporación y tendrá los siguientes deberes y atribuciones:
- Presidir las Asambleas Generales de Socios y el Directorio.
- Representar judicial y extrajudicialmente a la Corporación, quedando facultado para que en el ejercicio de esta atribución pueda conferir poderes para que dicha representación se ejerza a su nombre.
- Firmar los documentos oficiales.
- Ejercitar la supervigilancia de todo lo concerniente a la marcha de la institución y la fiel observancia de los estatutos, de las disposiciones legales pertinentes y de los acuerdos de las Asambleas Generales y del Directorio.
- Ejercer todos los derechos que las leyes, reglamentos y los estatutos le otorgan.
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Decreto Nº 506 del 18 de Junio de 1984 del Ministerio de Justicia, concede personalidad jurídica y aprueba estatutos de Corporación de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales |
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Directorio |
- Dirigir la Corporación y administrar sus bienes.
- Citar a la Asamblea General Ordinaria de Socios y a las Extraordinarias, cuando sea necesario o lo pidan por escrito las dos terceras partes de los socios activos indicando su objeto.
- Interpretar los Estatutos y dictar los reglamentos que estime necesarios para la mejor marcha de la Corporación.
- Organizar los Servicios que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos como también contratar los servicios de otras entidades públicas o privadas. Por medio de estos servicios la Corporación elaborará y llevará a ejecución los planes y programas de cooperación al desarrollo social de su comuna.
- Rendir cuenta por escrito ante la Asamblea General Ordinaria de Socios de la inversión de los fondos y de la marcha de la Corporación durante el período en que ejerza sus funciones.
- Delegar en el Presidente, en uno o más Directores, ya sea separada o conjuntamente, o en el Secretario General, las facultades económicas y administrativas de la corporación y, entre ellas y sin que esta enumeración importe limitación a sus amplias facultades de administración, las siguientes: Adquirir a cualquier título toda clase de bienes, corporales o incorporales, sean raíces o muebles; cobrar y percibir cuanto se adeude a la corporación y otorgar los correspondientes recibos y cancelaciones; aceptar donaciones, herencias y legados; realizar y celebrar toda clase de actos y contratos, y contraer obligaciones de cualquier especie como también extinguirlas, excepto acordar la enajenación y/o gravámenes sobre los bienes raíces de la corporación, facultad que queda entregada exclusivamente al Directorio; abrir cuentas corrientes bancarias de depósito o crédito, girar y sobregirar en ellas; contratar créditos con o sin garantías; endosar, cancelar, descontar, cobrar, aceptar, avalar y protestar cheques, libranzas, letras de cambio y otros documentos de crédito o efectos de comercio; otorgar prendas y cancelarlas, efectuar operaciones de cambio y comercio exterior; hacer declaraciones juradas, ceder créditos y aceptar cesiones de créditos; y en general, realizar toda clase de operaciones en bancos comerciales, de fomento, hipotecarios, del Estado y con Cajas y personas o instituciones de crédito o de otra naturaleza, ya sean públicas o privadas.
- Vigilar el cumplimiento de las obligaciones de los socios y establecer sanciones por infracción de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la corporación.
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Decreto Nº 506 del 18 de Junio de 1984 del Ministerio de Justicia, concede personalidad jurídica y aprueba estatutos de Corporación de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales |
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Secretaria General |
- Promover, coordinar y dirigir, por mandato expreso del Directorio, las labores de carácter económico y administrativo que la corporación lleve a cabo para dar cumplimiento a sus finalidades.
- Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General de Socios que el Directorio le encomiende como asimismo los acuerdos del Directorio.
- Rendir cuenta trimestralmente al Directorio de su gestión administrativa.
- Cuidar de la recaudación de las entradas y tener bajo control los ingresos.
- Proponer anualmente al Directorio para su aprobación, el presupuesto de entradas y gastos y el Balance y la Memoria de la corporación.
- Llevar el Registro General de Socios de la corporación.
- Custodiar los fondos, títulos y valores de la corporación y autorizar los gastos imprevistos que, a su juicio, deban ser solventados, dando cuenta al Directorio en la primera sesión que celebre después de la indicada autorización.
- Controlar debidamente los ingresos y los egresos de los fondos sociales y supervigilar la contabilidad de la corporación.
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Decreto Nº 506 del 18 de Junio de 1984 del Ministerio de Justicia, concede personalidad jurídica y aprueba estatutos de Corporación de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales |
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Director de Educación |
- Asesorar al Directorio y al Secretari@ General en la formulación de las políticas relativas a las áreas correspondientes a Educación, traspasados al Municipio.
- Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con educación, y demás servicios incorporados a su gestión.
- Administrar los recursos humanos, materiales y financieros de educación, en coordinación con el Departamento Administrativo Financiero.
- Procurar las condiciones óptimas para el desarrollo del proceso educativo en los establecimientos de enseñanza a cargo de la Corporación.
- Asumir la dirección administrativa de los establecimientos de Educación Municipal, en conformidad con las disposiciones legales pertinentes.
- Proveer los recursos humanos, financieros y materiales necesarios para el normal desarrollo de las actividades educativas. Para esto podrá ajustar la dotación docente y no docente asociándola a la matrícula real y al PIE de cada establecimiento educacional.
- Promover, programar y desarrollar cursos de capacitación para el personal docente y no docente de los servicios educacionales.
- Velar por el cumplimiento de los programas y normas técnico-pedagógicas emanadas del Ministerio de Educación, en los establecimientos educacionales municipales.
- Coordinar con organismos públicos y privados y en especial con la I. Municipalidad de Natales, la elaboración y ejecución de programas extraescolares de la comuna.
- Promover actividades para la educación de los padres y apoderados que redunden en un beneficio para el escolar.
- En el área de liderazgo: Fortalecer los equipos de gestión, resguardar la idoneidad docente potenciando el desempeño profesional y acompañar técnicamente a los establecimientos a través del Equipo Técnico Pedagógico.
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Contrato |
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Jefe de Salud |
- Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades inherentes a la Unidad, respondiendo de ello a su superior directo y velando por la coherencia de la acción de ésta con las demás unidades del municipio.
- Administrar los recursos humanos de su unidad encuadrándose en la normativa legal, en las instrucciones jerárquicas de su Jefatura y en las normas y planes de acción que al respecto se apliquen.
- Velar por el oportuno cumplimiento en los plazos de información solicitada por las unidades funcionales del Municipio.
- Otorgar todas las prestaciones del nivel primario propias de los servicios de salud a los beneficiarios legales o convencionales y entregar los medicamentos prescritos.
- Aplicar los programas de salud establecidos para la atención primaria.
- Elaborar y desarrollar programas de higiene y protección del medio ambiente, como asimismo otros programas que tiendan a la prevención, detección y tratamiento de enfermedades contagiosas, en coordinación con entidades privadas y con organismos del Ministerio de Salud.
- Mantener el arsenal farmacológico establecido por el Ministerio de Salud para la atención primaria.
- Mantener la coordinación profesional con el Servicio de Salud de Magallanes.
- Coordinar con otras unidades municipales o afines, las acciones extra programáticas que tengan relación con la salud pública dentro de las normas legales vigentes.
- Controlar los factores patógenos ambientales de forma que permitan aplicar normas de prevención epidemiológica.
- Efectuar la administración financiera y de personal del servicio de salud municipalizado.
- Asegurar el funcionamiento permanente de los establecimientos a su cargo, contratando personal adecuado y necesario.
- Llevar y presentar las estadísticas de las acciones que realicen y de las prestaciones que se otorguen.
- Realizar las reparaciones necesarias de los bienes a su cargo, el pago de los impuestos y contribuciones.
- Programar actividades de capacitación en los temas de su competencia.
- Ordenar, de acuerdo a prioridades y con criterios epidemiológicos, las áreas problemas con relación al medio ambiente.
- Llevar y presentar las estadísticas de las acciones que realicen y de las prestaciones que se otorguen.
- Impartir instrucciones y mejorar los procedimientos de atención de salud.
- Coordinar las acciones de los consultorios y las postas que se anexen al servicio.
- Aplicar los programas de salud de atención ambulatoria.
- Supervisar la función de la ronda médica.
- Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de los ingresos de servicio.
- Llevar los registros presupuestarios del área, conforme a las normas de Contraloría.
- Elaborar el presupuesto del servicio.
- Adquirir y proveer los insumos, instrumentos y demás bienes necesarios a la función.
- Evaluar el desempeño de los funcionarios de su dependencia.
- Emitir los informes técnicos que le sean requeridos.
- Firmar los actos administrativos que le haya delegado la Alcalde.
- Participar, cuando concurran materias de su competencia, en el Comité de Políticas, Planes y Desarrollo Sustentable.
- Emitir los informes que le sean requeridos.
- Desempeñar las demás funciones que la Ley o la Alcalde le encomienden.
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Funciones |
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Jefe Departamento Administración y Finanzas |
- Formular y proponer al Secretario General normas, políticas y procedimientos para el mejor funcionamiento de las actividades relacionadas con la administración y contabilidad de la corporación.
- Supervisa la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto anual, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
- Elaboración y control de presupuestos.
- Revisar los cheques emitidos por diferentes conceptos, tales como: pagos a proveedores, pagos de servicios, aportes, fondos funcionamiento y otras asignaciones especiales.
- Aprobar y firmar el reporte de honorarios profesionales bajo la modalidad de prestación de servicios.
- Aprobar y firmar la emisión de cheques, órdenes de compra, entre otras, para la adquisición de bienes y servicios.
- Apoyar a la organización en todas las gestiones legales y reglamentarias. (asesorías externas fiscales, contables y/o laborales, etc).
- Controlar y registrar por separado los gastos de los trabajos realizados de diferentes contratos que mantenga la empresa.
- Otras que le sean asignadas por el Secretario General dentro del ámbito de su competencia.
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Resolución N°255 del 10-04-2019 CORMUNAT |
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Unidad Jurídica |
- Iniciar y asumir la defensa, a requerimiento del Secretario General, de todos aquellos juicios en que la Corporación Municipal sea parte o tenga interés.
- Defensa frente a procedimientos iniciados por Órganos de la Administración del Estado.
- Informar en derecho todos los asuntos legales que el Secretario General o las respectivas Direcciones de Área le planteen.
- Orientar al Secretario General y a todas las Direcciones de Área respecto de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
- Mantener al día los títulos de los bienes Corporativos.
- Efectuar, cuando el Secretario General lo ordene, las investigaciones sumarias y sumarios administrativos, sin perjuicio que también puedan ser realizados por funcionarios de cualquier Departamento o Dirección, bajo la supervigilancia que al respecto le corresponda a esta Unidad.
- Mantener archivos de reglamentos, instructivos, convenios y contratos dictados y firmados por la Corporación Municipal a través de su Secretario General.
- Otras funciones que el Secretario General le asigne, de conformidad con la legislación vigente.
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Resolución N°255 del 10-04-2019 CORMUNAT |
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Unidad de Control |
- La obtención de la información financiera oportuna, confiable y suficiente como herramienta útil para la gestión y el control.
- Promover la obtención de la información técnica y otro tipo de información no financiera para utilizarla como elemento útil para el control.
- Procurar adecuadas medidas para la protección, uso y conservación de los recursos financieros, materiales, técnicos y cualquier otro de propiedad de la Corporación.
- Promover la eficiencia organizacional de la Corporación para el logro de los objetivos y su misión.
- Asegurar que todas las acciones institucionales se desarrollen en el marco de las normas constitucionales, legales y reglamentarias.
- Velar por el uso eficiente de los recursos humanos, materiales y financieros.
- Dar seguimiento a la ejecución presupuestaria.
- Apoyar el proceso de rendiciones de cuentas.
- Velar porque la información administrativa y financiera sea oportuna, correcta y confiable para la toma de decisiones.
- Auditar las adquisiciones, la recepción y liquidación, pagos y contrataciones de obras y servicios, con base en las normas y procedimientos que se preparen.
- Auditar el inventario de bienes y velar porque las altas y bajas del mismo estén debidamente operadas, actualizadas y respaldadas.
- Rendir informes que le correspondan por la naturaleza del puesto o que le sean requeridos por el Secretario General.
- Vigilar el buen funcionamiento de la Corporación, mediante el cumplimiento de las normas legales y técnicas.
- Trabajar directamente con el Secretario General, presentarle informes, propuestas y recomendaciones, y puede, si se le solicita, ayudar a tomar decisiones correctivas que sean pertinentes y opinar sobre los informes que pueda emitir la Corporación a organismos de control.
- Mantener colaboración y control con todas las dependencias administrativas de la Corporación, especialmente con las vinculadas al tema administrativo y financiero.
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Resolución N°255 del 10-04-2019 CORMUNAT |
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Coordinadora Programa Comunal Integración |
- Asesorar al Directorio y al Secretario General en la formulación de las políticas relativas a las áreas correspondientes a Educación, traspasados al Municipio.
- Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con educación, y demás servicios incorporados a su gestión.
- Administrar los recursos humanos, materiales y financieros de educación, en coordinación con el Departamento Administrativo Financiero.
- Procurar las condiciones óptimas para el desarrollo del proceso educativo en los establecimientos de enseñanza a cargo de la Corporación.
- Asumir la dirección administrativa de los establecimientos de Educación Municipal, en conformidad con las disposiciones legales pertinentes.
- Proveer los recursos humanos, financieros y materiales necesarios para el normal desarrollo de las actividades educativas. Para esto podrá ajustar la dotación docente y no docente asociándola a la matrícula real y al PIE de cada establecimiento educacional.
- Promover, programar y desarrollar cursos de capacitación para el personal docente y no docente de los servicios educacionales.
- Velar por el cumplimiento de los programas y normas técnico-pedagógicas emanadas del Ministerio de Educación, en los establecimientos educacionales municipales.
- Coordinar con organismos públicos y privados y en especial con la I. Municipalidad de Natales, la elaboración y ejecución de programas extraescolares de la comuna.
- Promover actividades para la educación de los padres y apoderados que redunden en un beneficio para el escolar.
- En el área de liderazgo: Fortalecer los equipos de gestión, resguardar la idoneidad docente potenciando el desempeño profesional y acompañar técnicamente a los establecimientos a través del Equipo Técnico Pedagógico.
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Resolución N°255 del 10-04-2019 CORMUNAT |
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Jefe Departamento de Finanzas |
- Asesorar al Presidente de la Corporación y/o su representante en los aspectos de la administración financiera y contable y bienes de la organización.
- Analizar, evaluar los ingresos.
- Recaudar, percibir y visar ingresos y egresos de fondos de las entidades proveedoras de recursos fiscales, municipales y particulares.
- Ejercicio de la función contable, en conformidad con las normas de la contabilidad gubernamental y con las instrucciones que al Contraloría General de la República imparta al respecto.
- Efectuar los pagos, manejar cuentas bancarias respectivas y rendir cuentas a las entidades proveedoras de recursos y organismos fiscalizadores.
- Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de ingresos fiscales y aquellos que se requieren como aportes municipales y privados para financiar las necesidades surgidas en materia de la Salud.
- Colaborar en la elaboración del presupuesto Anual del Área de Salud Municipal.
- Mantener actualizado el presupuesto del Área de Salud y sugerir modificaciones.
- Mantener revisado y actualizados los inventarios de las dependencias del Área de Salud.
- Mantener informado al Jefe de área de Salud de la disponibilidad presupuestaria y gastos pendientes.
- Mantener actualizados los contratos de trabajo.
- Establecer licitaciones para contratar servicios requeridos por los departamentos y establecimientos, tales como, guardias, aseo y hacer seguimiento de las reparaciones, desde la solicitud y hasta el termino.
- Gestionar los convenios y subvenciones con entidades gubernamentales.
- Otras funciones designadas por el Jefe directo.
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Resolución N°255 del 10-04-2019 CORMUNAT |
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